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La resolución 378 permite la reducción considerable en el tiempo de gestión del trámite. 

 

La Subsecretaría de Registro del Estado Civil y Personas Jurídicas puso en marcha el “aviso digital” para las inscripciones de sociedades en el Registro Público de Comercio. Fue a través de la resolución 378 que autoriza a desarrollar el proceso de publicación de forma digital.

 

“Cada vez que las sociedades realizan el trámite de inscripción de sus actos societarios, como la renovación de sus directorios, gerentes, venden o compran acciones, entre otras, deben inscribir dicha acción en el Registro Público de Comercio. En este sentido, por ley, cada acto debe ser informado y publicado en el Boletín Oficial y este proceso era muy engorroso y demoraba mucho tiempo”, recordó la titular del organismo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Verónica Miranda.

 

Con la implementación de la inscripción digital, la simplificación de procesos y el aviso digital el tiempo del trámite de registración se redujo significativamente. Asimismo, la funcionaria también hizo hincapié en el trabajo de digitalización que se proyecta con la continua modernización del organismo.

 

Proceso

 

Quienes deban realizar inscripciones en el organismo competente, deben ingresar a http://personasjuridicas.salta.gob.ar/ desplegar la pestaña de trámites, seleccionar “sociedades” y luego de definir el tipo al que pertenecen, allí podrán ver los formularios prediseñados para cada trámite. Posteriormente, una vez reunidos todos los requisitos establecidos, los interesados deberán solicitar un turno a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para presentar los papeles y proceder al armado del expediente.

 

Los profesionales del Registro Público de Comercio procederán al análisis y verificación de los documentos y notificarán al interesado vía mail si existiese alguna observación. En caso de que el expediente cumpliese con todos los requerimientos, el Registro contactará, también de forma digital, al Boletín Oficial quien se comunicará con el interesado para remitir la constancia de pago y proceder a la publicación. Finalmente, el Registro culminará el trámite con la inscripción de forma automática.

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