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boton baja

Es obligatorio para ciertas empresas contar con un botón de baja en la página principal de su web, deberá ser visible y de fácil acceso para los consumidores.

 

Defensa del Consumidor informó que las empresas obligadas a tener este botón son la de telefonía móvil y fija; empresas de internet; radiodifusión por suscripción.

 

También las empresas de medicina prepaga y las que comercializan servicios de emergencias médicas y traslados sanitarios de personas, como así también, las de asistencia al viajero.

 

Los servicios de suscripción a diarios y revistas en soporte papel o digital, clubes y gimnasios y donaciones periódicas con débito automático a asociaciones civiles.

 

Finalmente, abarcaría la baja a tarjetas de créditos de emisores no bancarios, servicios de seguros, contrato de ahorro previo (autos y motos), servicios turísticos de tiempo compartido y los servicios de suscripción streaming o de suscripción digital de contenido multimedia.

 

La titular de Defensa del Consumidor María Pía Saravia por su parte expresó que la normativa que exige el botón de baja es un gran acierto, es una herramienta ágil que simplifica los trámites al consumidor.

 

Como usar el botón de "Baja"

 

El trámite en la empresa es simple el consumidor deberá oprimir el “botón de baja” ubicado en la portada de la web de la empresa, donde deberá ingresar sus datos para hacer efectiva la solicitud de baja y la empresa tendrá que enviar al consumidor en 24 horas un Código de Identificación de Baja o Código de rescisión. Contar con una vía electrónica y telefónica como alternativa para atender las consultas y reclamos.

 

Por último los consumidores podrán realizar su reclamo ante la empresa proveedora y en caso de no obtener respuestas satisfactorias, podrán realizar su denuncia en la secretaría de Defensa del Consumidor, ingresando en: www.salta.gov.ar/defensadelconsumidor .

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