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La sanción por $25 mil fue ratificada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

 

La Secretaría de Defensa del Consumidor aplicó una sanción de $25 mil a Telecom Personal S.A. por el incumplimiento a un acuerdo conciliatorio homologado por el organismo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia. El expediente se inició a partir de un acuerdo conciliatorio entre una consumidora y la empresa, consistente en la baja de dos líneas telefónicas.

 

Ante el incumplimiento de la empresa, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ratificó la multa interpuesta por la Secretaría de Defensa del Consumidor, de acuerdo al artículo 8º bis y 46º de la ley 24240 que dice que “el incumplimiento de los acuerdo conciliatorios se considera violación a esta ley. En tal caso, el infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado”.

 

A la empresa también se le ordenó efectuar, a su costa y en el plazo de cinco días, la publicación de la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada en un diario de gran circulación en el lugar donde se cometió y que la autoridad de aplicación indique.

 

El secretario de Defensa del Consumidor, Carlos Morello, indicó que “luego de las audiencias de conciliación en la Secretaría de Defensa del Consumidor las partes arribaron a un acuerdo, el cual no fue cumplido por la empresa es por esto que se procedió a sancionar a Telecom Personal”.

 

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