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Una resolución provincial los obliga a entregar información a los padres hasta el 31 de octubre. 

 

La Secretaría de Defensa del Consumidor recordó que los establecimientos educativos públicos de gestión privada de Salta tienen la obligación de informar por escrito el valor de la inscripción o reinscripción y de las cuotas que cobrarán el próximo período lectivo a los padres de sus estudiantes. Tienen plazo hasta el 31 de este mes, de acuerdo a la resolución 4198 del organismo provincial.

La normativa establece que las autoridades de los establecimientos deberán informar a los padres o responsables de los alumnos, antes del 31 de octubre de cada año, el valor de las cuotas. La disposición tiene consonancia con el artículo 4 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores a suministrar de manera cierta, clara y detallada las características de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización.

La resolución es de cumplimiento obligatorio en toda la provincia de Salta y quienes no la respeten podrán recibir las sanciones dispuestas por la ley de Defensa del Consumidor. La información que se entregue a los padres se deberá consignar lo siguiente:

  • Importe de la matrícula de inscripción o reinscripción, en el caso que la hubiese, y condiciones de reintegro de la misma en el caso de arrepentimiento.
  • Cantidad de cuotas totales por servicios educativos que se percibirán únicamente durante el año lectivo, con discriminación de conceptos.
  • Monto de cada una de las cuotas que serán mensuales, iguales y consecutivas.
  • Forma y plazo de pago y determinación de los recargos a aplicar en caso de mora.

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