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La disposición rige sobre cuotas impagas de créditos otorgados por entidades financieras, pero no así para las financiaciones con tarjetas de crédito, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

 

La Secretaría de Defensa del Consumidor, informa a quienes tienen créditos vigentes que el Banco Central (BCRA) prorrogó hasta el 31 de diciembre la suspensión del cobro de intereses punitorios sobre cuotas impagas de créditos otorgados por entidades financieras, incluyendo aquellos que se actualizan por Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), pero no así para las financiaciones con tarjetas de crédito.

 

De esta manera, los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2020 no devengarán intereses punitorios.

 

Por su parte, la titular del organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, María Pía Saravia, afirmó que, "de esta manera las cuotas impagas deberán incorporarse en los meses siguientes al final de la vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio, aunque la medida no incluye las financiaciones con tarjetas de crédito".

 

Por otra parte, la funcionaria recordó que aún sigue vigente la posibilidad de revertir los débitos directos y los débitos automáticos, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la obligación de las entidades de devolver los fondos dentro de los 3 días hábiles de la solicitud.

 

Por último, el Directorio de la autoridad monetaria prolongó la vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2020, de la disposición que extiende 60 días los plazos habituales de mora máxima en la calificación de deudores en los niveles 1, 2 y 3.

 

La Secretaría de Defensa del Consumidor recibe consultas y denuncias en la plataforma digital www.salta.gov/defensadelconsumidor

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