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La sanción por $100 mil fue ratificada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

La Secretaría de Defensa del Consumidor aplicó una sanción de $100 mil a Telecom Argentina S.A. por el incumplimiento a un acuerdo conciliatorio homologado por el organismo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.

El expediente se inició a partir de un acuerdo conciliatorio entre el usuario y la empresa, consistente en la baja de un servicio prestado, una refacturación y la asignación de una nota de crédito.

Ante el incumplimiento de la empresa de esos puntos, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, ratificó la multa interpuesta por la Secretaría de Defensa del Consumidor, de acuerdo al artículo 46º de la ley 24240 que dice que “el incumplimiento de los acuerdo conciliatorios se considera violación a esta ley. En tal caso, el infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado”.

A la empresa también se le ordenó efectuar, a su costa y en el plazo de cinco días, la publicación de la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada en un diario de gran circulación en el lugar donde se cometió y que la autoridad de aplicación indique, tal cual indica el artículo 47 de la citada ley.

El secretario de Defensa del Consumidor, Carlos Morello, indicó que luego de las audiencias de conciliación en la Secretaría de Defensa del Consumidor las partes arribaron a un acuerdo, pero que por la falta de cumplimiento de la telefónica “se procedió a la sanción de multa, ratificada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial”.

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